El Código Internacional para los buques que operan en aguas polares (Código Polar) entró en vigor el 1 de enero de 2017. Con esta propuesta la Organización Marítima Internacional (OMI) pretende proteger los buques, las personas que viajan en ellos y el medio ambiente que los rodea.
Este código abarca cuestiones relacionadas con la navegación en las aguas que rodean a los dos polos, tanto a nivel de proyecto, construcción, equipo de los buques, cuestiones operativas y de formación, búsqueda, salvamente, como de la protección del entorno de las regiones polares y los ecosistemas.
Los buques que deseen operar en las aguas de la Antártica y el Ártico, deberán solicitar un certificado:
- Certificado de categoría A: buque proyectado para circular por aguas polares en, como mínimo, hielo medio del primer año que puede incluir trozos de hielo viejo.
- Certificado de categoría B: buque que desea operar en aguas polares, en como mínimo, hielo delgado del primer año que puede incluir trozos de hielo viejo.
- Certificado de categoría C: buque que desea circular en aguas libres o en condiciones de hielo menos rigurosas que las de las Categorías A y B.
Cada buque deberá enfrentarse a una evaluación previa para conseguir la expedición del certificado que valorará las limitaciones de operaciones específicas, los planes, procedimientos o equipo de seguridad adicional para mitigar fenómenos que puedan traer consigo consecuencias negativas para el medio ambiente. Además, los buques están obligados a llevar un manual de operaciones para ofrecer al propietario, armador, capitán y tripulación, la información necesaria para las operaciones en el buque y facilitar así, la toma de decisiones. Esta propuesta está sujeta a las prescripciones ya existentes de los Convenios SOLAS y MARPOL.
Por otro lado, el Código Polar también contempla la protección del medio ambiente a través del control de los hidrocarburos, las especies invasoras, las aguas sucias, los residuos y las sustancias químicas. Descarga el póster de infografía de protección del medio ambiente pinchando aquí.
El Código Polar completo puede descargarse aquí.
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POLAR CODE
The International Code for Ships Operating in Polar Waters (Polar Code) entered into force on January 1, 2017. With this proposal, the International Maritime Organization (IMO) aims to protect ships, the people on them and the environment surrounding them.
This code covers issues related to navigation in the waters surrounding the two poles, both at the level of design, construction, ship equipment, operational and training issues, search and rescue, as well as protection of the environment of the polar regions and ecosystems.
Ships wishing to operate in Antarctic and Arctic waters must apply for a certificate:
- Category A certificate: vessel projected to operate in polar waters in at least average first year ice which may include pieces of old ice.
- Category B certificate: vessel intending to operate in polar waters in, at a minimum, thin first year ice which may include pieces of old ice.
- Category C certificate: vessel wishing to operate in free waters or in ice conditions less severe than those of Categories A and B.
Each vessel must undergo a pre-assessment for the issuance of the certificate that will assess specific operational limitations, plans, procedures or additional safety equipment to mitigate phenomena that may result in negative consequences for the environment. In addition, ships are required to carry an operations manual to provide the owner, operator, master and crew with the necessary information for ship operations to facilitate decision making. This proposal is subject to the existing requirements of the SOLAS and MARPOL Conventions.
On the other hand, the Polar Code also provides for the protection of the environment through the control of oil, invasive species, foul water, waste and chemicals. Download the environmental protection infographic poster by clicking here.
The complete Polar Code can be downloaded here.
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